25 abril, 2011

Felicitaciones Uruguay- un paso gigante en la Patria Grande

Uruguay avanzó otro paso hacia el fin de la impunidad a los militares
La anulación de la ley en la que se amparaban los violadores de los Derechos Humanos se basa en el concepto de “inaplicabilidad” que empleó la Suprema Corte de Justicia en sus fallos de inconstitucionalidad de la norma.


La Cámara Alta de Uruguay empezó a ponerle la lápida a la ley que hasta ahora les garantizó la impunidad a los violadores de los Derechos Humanos. Y tras doce horas de arduo debate, el Senado aprobó –por 16 votos de los legisladores del gobernante Frente Amplio (uno lo hizo en contra) y la oposición de 15 representantes de los partidos Blanco y Colorado– un texto por el cual se anulan los tres artículos más polémicos de la Ley 18.848. La anulación se basa en el concepto de “inaplicabilidad” que empleó la Suprema Corte de Justicia en sus fallos de inconstitucionalidad de la norma.
El 24 de marzo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) había condenado al Estado uruguayo en el llamado “Caso Gelman”, y dijo que, al impedir la investigación de los crímenes de lesa humanidad, la ley constituía un “obstáculo para la obtención de justicia” y carecía de efecto por su “incompatibilidad con la Convención Americana y la Convención Interamericana sobre De-saparición Forzada de Personas”. Se conoce como “Caso Gelman” el secuestro, asesinato y desaparición de María Claudia Irureta Goyena de Gelman, y la apropiación y cambio de identidad de su hija Macarena, nieta del poeta Juan Gelman.
Anteriormente había sido la Suprema Corte de Justicia (SCJ) de Uruguay la que, en tres ocasiones, había declarado inconstitucional la norma que el Congreso empezó a anular anoche con la decisión de los senadores. Así como la CIDH falló contra la ley por aquellos motivos, la SCJ lo hizo, entre otros argumentos, por dos razones: porque viola el derecho de igualdad de las personas ante la ley y porque rompe con el concepto de independencia de los poderes del Estado.
En el primer caso, los militares tuvieron el cuidado de resguardar sus espaldas, estableciendo que la ley de impunidad impidiera el enjuiciamiento de militares y policías por los crímenes de lesa humanidad cometidos dentro del territorio nacional. Nada estableció para los civiles que sirvieron durante la dictadura (1973-1985) y nada previó sobre los crímenes cometidos en el marco del Plan Cóndor, el programa de coordinación represiva continental sobre el que no se tenían noticias al momento de redactarse la norma.
En el segundo caso, el artículo 4 de la ley establece que será el presidente de la República el responsable de dictaminar cuándo un caso se inscribe o no dentro de lo amparado por la norma. Esta intromisión del Ejecutivo en el Poder Judicial es la que permitió que se haya juzgado y condenado a una veintena de militares y civiles, entre ellos los ex dictadores Juan María Bordaberry (civil) y Gregorio Álvarez (militar).
El texto interpretativo que votaron anoche los senadores debe pasar luego a la Cámara de Diputados, donde el Frente Amplio tiene la mayoría asegurada. Se estima que la sanción definitiva se conocerá antes del 20 de mayo, día en el que los uruguayos rinden homenaje a sus víctimas. La fecha recuerda uno de los episodios emblemáticos del Plan Cóndor: el asesinato en Buenos Aires (1976) de los legisladores Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez Ruiz. <
Efe,Dpa,Ansa, Ap

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