Luego de conocer del primer caso positivo de coronavirus en el Hospital Borda la semana pasada, presentamos un amparo colectivo a la justicia, exigiendo que el Gobierno de la Ciudad adopte medidas de forma urgente para la protección de los derechos humanos de las personas internadas y atendidas ambulatoriamente en los hospitales psiquiátricos porteños. Ayer 14 de mayo la jueza Alejandra Petrella hizo lugar a una medida cautelar que ordena al Gobierno porteño a dotar a todas las personas internadas en los hospitales psiquiátricos monovalentes de los equipos de protección personal y los insumos necesarios para el cuidado y prevención del contagio del COVID 19.
Esta medida además exige elaborar un protocolo de actuación específico para los hospitales psiquiátricos monovalentes, que considere la situación particular que atraviesan las personas con discapacidad psicosocial que se encuentran internadas, y respete los derechos que surgen del art. 7 de la Ley 26.657. También deben informar y acreditar la realización de tareas de desinfección y el modo en que se está garantizando el derecho a la comunicación de las personas con sus familias y defensores. En caso de que esto no se cumpla, intima a arbitrar los medios para garantizar la comunicación con el exterior.
Las personas internadas en los hospitales psiquiátricos constituyen un grupo de riesgo alto debido a las propias condiciones de vida en el ámbito manicomial y a la invisibilización de las problemáticas de este colectivo en las políticas, aun en la actual pandemia. El Estado debe garantizar los derechos humanos de la población y, en especial, los de aquellos grupos que son afectados de forma desproporcionada porque se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad.
Si querés leer la sentencia podés hacerlo en este enlace.
También podés leer más sobre nuestro trabajo sobre salud mental aquí.
Muchas gracias por tu interés y apoyo.
Centro de Estudios Legales y Sociales
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