Ciudad del Este, 22 de julio de 2009.
Señor
Representante del
Ministerio del Interior
Dr. PEDRO SANTACRUZ
Memorándum de los delitos contra los derechos humanos, hechos punibles contra la vida, torturas, otros hechos antijurídicos cometidos por personal policial y civiles que los acompañaron. Artículos 309 y 310 del Código Penal Paraguayo.
Brevemente relacionamos los daños sufridos en las personas y en los bienes ejecutados por el personal policial de la Policía Rural en la fecha, quienes estaban acompañados por francotiradores civiles, de todo lo relacionado acercamos fotografías, y testificales, las que podrán ser escuchadas personalmente por el Señor Representante, lo que desde ya solicitamos labre acta.
1 – Torturas sufridas por María Virginia Mereles Sanabria.
Lo que sigue es una compilación de lo que Virginia relató a varias personas quienes depondrán como testigos en su oportunidad.
Poco antes de mediodía Virginia, moradora del asentamiento Comuneros, se encontraba lavando ropa en el arroyo que atraviesa el asentamiento en compañía de dos niñas de corta edad, hijas suyas. En ese momento escuchó disparos. (Estos disparos eran efectuados por policías uniformados que sin provocación ni aviso previo atacaron a un grupo de campesinos que se encontraban almorzando en unas carpas situadas fuera del territorio del asentamiento. Los atacados huyeron a refugiarse al territorio del asentamiento. Durante el ataque fueron apresados cuatro campesinos. Los policías invadieron el asentamiento en persecución de los que huían realizando disparos de armas de fuego).
Algunos policías llegaron al sitio en el que se encontraba Virginia con sus hijas y las capturaron. Las llevaron afuera del territorio del asentamiento, las niñas tiradas de los pelos y ella a empujones y golpes.
Cuando llegaron a una camioneta policial, los policías sacaron de ella una tabla con clavos y pretendieron que una de las niñas pisara sobre los mismos. La madre las defendió y entonces la obligaron, sujetándole la pierna, a pisar los clavos. Uno de ellos pisó sobre su pié a fin de que los clavos la atravesaran. Luego recibió un fuerte golpe en la boca del estómago a consecuencia del cual inmediatamente vomitó sangre. Recibió además fuertes golpes en la cara y otras partes del cuerpo. Todo esto ante la mirada de sus hijas, quienes también fueron golpeadas.
Luego que la abandonaron ante la defensa de algunos presentes, quienes en la defensa y ante la negativa de soltarla forcejearon con un policía armado, que al caer se lastimo en la cabeza; y luego huyo dejando a su víctima semiinconsciente, ésta fue llevada por algunas vecinas al interior del asentamiento. Virginia fue llevada a una farmacia para ser atendida ya que se quejaba de dolores en el abdomen.
Debido a su estado se me pidió trasportarla al hospital de Minga Guazú. Lo hice en compañía de otras dos personas, moradoras del asentamiento. Al subirla al automóvil pude constatar que Virginia se hallaba inconsciente. Durante el transporte la escuchaba quejarse, sobre todo cuando el auto se sacudía debido a las irregularidades del camino. El colchón sobre el que la transportaron desde la casa en que se encontraba hasta el automóvil se encontraba manchado de sangre.
Llegamos al pabellón de urgencia del hospital alrededor de las 16:30 donde fue atendida sin demora por los médicos. (Desde el momento en que fue subida al automóvil y durante los primeros minutos de la atención médica tuve ocasión de tomar varias fotografías que pongo a su disposición, en una de ellas se pueden observar claramente los orificios de entrada de tres clavos en la planta de su pié izquierdo. También hay fotografías del colchón ensangrentado).
Al llegar al hospital Virginia recuperó la conciencia. Durante la inspección médica inicial Virginia reaccionaba con intensas expresiones de dolor cuando el médico le palpaba el abdomen. Se ordenó una radiografía de abdomen para descartar fracturas o hemorragia interna. Más tarde una ecografía. A raíz de lo revelado por ésta los médicos sospecharon de alguna lesión interna por lo que decidieron internarla.
Ya en la sala de internación, un nuevo examen médico constató pérdida de sensibilidad en toda la mitad izquierda del cuerpo. Debido a ello se ordenó una tomografía de cráneo que debería realizarse a primera hora de la mañana. Durante todo el tiempo Virginia se quejaba de fuertes dolores abdominales. Ella se durmió, posiblemente por efecto de los medicamentos, cerca de las nueve de la noche y se encontraba en ese estado cuando me retiré del hospital a las once.
La actuación policial es absolutamente injustificada e intolerable, constituye tortura física a Virginia y tortura sicológica a las niñas, habiendo sido ellas también golpeadas. Se trata de una abominable violación de los derechos humanos que como integrantes del pueblo paraguayo es nuestro deber denunciar en todos los ámbitos que nos sea posible y así lo haremos ante los órganos nacionales e internacionales de DERECHOS HUMANOS.
La gravedad del caso se agudiza cuando se toma en consideración la existencia de la tabla con clavos en la camioneta policial. Es evidente que este artefacto había sido llevado con la premeditada intensión de utilizarlo como instrumento de tortura contra los que fueran detenidos.
2 – NEGAMOS firmemente poseer armas de fuego ni propias ni obtenidas del personal policial así como alevosamente sostiene la versión oficial de haber sido despojados de algunas de las armas utilizadas por la policía y/o civiles armados que los acompañaban.
3 – REIVINDICAMOS LA SOLIDARIDAD del SECRETARIO DE LA NIÑEZ NILO MARMOL, y DENUNCIAMOS la comisión del hecho punible de quien fue vilmente golpeado en su intento de pacificar a los torturadores.
4 - Sobre la situación de los detenidos Andrés Aquino Gill y Bernardo Florentín.
DENUNCIAMOS el secuestro de los citados quienes recién fueron encontrados después de horas en la Jefatura de Policía, tiempo de DESAPARICION FORSOZA en el que fueron vilmente torturados, así lo testificaran las victimas y los Abogados DELIO GIMENEZ, ALCIDES RAMIREZ y otras personas que intentaron comunicarse con los mismos que hasta ahora se hallan totalmente incomunicados con rastros evidentes de tortura, desde ya peticionamos sean revisados por MEDICOS.
5 – HOMICIDIO FRUSTRADO.
Uno de los que había sido detenido durante el ataque, Isidro Noguera, fue esposado y arrojado al arroyo por los policías con el fin de matarlo. La criminal conducta de los policías que evidentemente pretendían que se ahogara fue frustrada por el auxilio de los habitantes de la comunidad lo que impidió la consumación de asesinato.
La actuación policial, su conducta inhumana y criminal, revela que los mismos no se desempeñaron como brazo auxiliar de la fiscalía, lo cual es su función, sino que intentaron infligir el mayor daño y sufrimiento físico a los campesinos, trayendo a la memoria el calvario de las ligas agrarias a manos de los órganos represores de la dictadura stronista, por lo que solicitamos la investigación sumarial y la PENAL, el castigo a los responsables y el cese inmediato de la REPRESION POLICIAL con claras resoluciones en ese sentido.
Partido Comunista Paraguayo. Espacio Unitario Popular.
MOAPA CODRAMI ALIANZA CAMPESINA.
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