Santiago Maldonado
Hay usos inscriptos en los genes de los represores
24 de agosto de 2017.
La familia de Santiago Maldonado, querellantes en la causa penal 8232/2017 del Juzgado Federal de Esquel, junto a nuestra abogada Verónica Heredia, decimos:
1.- Santiago es víctima de desaparición forzada desde el 1 de agosto de 2017 en la Provincia del Chubut, Argentina;
2.- La desaparición forzada es un delito que comienza con la privación de la libertad de Santiago por personas del Estado —Gendarmería—seguida de la falta de información de su paradero y la negativa a reconocer su privación de la libertad por parte de las autoridades;
3.- La desaparición forzada es un delito que solo lo comete el Estado;
4.- Es un delito continuado: todos los días se comete desaparición forzada hasta que aparezca Santiago;
5.-Por eso la causa penal no puede archivarse hasta que se encuentre a Santiago, se esclarezcan las circunstancias de su desaparición, se identifique a los responsables materiales y a los autores intelectuales, y se determinen las responsabilidades penales, administrativas y políticas;
6.- Tenemos el derecho a que no se presuma el fallecimiento de Santiago y exigimos que las autoridades respeten nuestro derecho;
7.- Hasta la fecha la única hipótesis sustentada en elementos objetivos es la desaparición forzada. Por ser un delito de Estado la carga de la prueba se invierte y debe el Estado corroborar que tal hipótesis es falsa para recién luego avanzar en otras hipótesis;
8.- Al despejar todas las dudas sobre la hipótesis mayor se llegará a cualquiera menor. Por el contrario el paso del tiempo garantiza la impunidad;
9.- La impunidad garantiza la repetición de los hechos, como los de Iván Eladio Torres Millacura, Sergio Avalos, Julio López, Luciano Arruga, Facundo Rivera, Daniel Solano, César Monsalvez, entre otros;
10.- La familia y la sociedad tenemos el derecho absoluto a conocer la verdad.
La familia de Santiago Maldonado, querellantes en la causa penal 8232/2017 del Juzgado Federal de Esquel, junto a nuestra abogada Verónica Heredia, decimos:
1.- Santiago es víctima de desaparición forzada desde el 1 de agosto de 2017 en la Provincia del Chubut, Argentina;
2.- La desaparición forzada es un delito que comienza con la privación de la libertad de Santiago por personas del Estado —Gendarmería—seguida de la falta de información de su paradero y la negativa a reconocer su privación de la libertad por parte de las autoridades;
3.- La desaparición forzada es un delito que solo lo comete el Estado;
4.- Es un delito continuado: todos los días se comete desaparición forzada hasta que aparezca Santiago;
5.-Por eso la causa penal no puede archivarse hasta que se encuentre a Santiago, se esclarezcan las circunstancias de su desaparición, se identifique a los responsables materiales y a los autores intelectuales, y se determinen las responsabilidades penales, administrativas y políticas;
6.- Tenemos el derecho a que no se presuma el fallecimiento de Santiago y exigimos que las autoridades respeten nuestro derecho;
7.- Hasta la fecha la única hipótesis sustentada en elementos objetivos es la desaparición forzada. Por ser un delito de Estado la carga de la prueba se invierte y debe el Estado corroborar que tal hipótesis es falsa para recién luego avanzar en otras hipótesis;
8.- Al despejar todas las dudas sobre la hipótesis mayor se llegará a cualquiera menor. Por el contrario el paso del tiempo garantiza la impunidad;
9.- La impunidad garantiza la repetición de los hechos, como los de Iván Eladio Torres Millacura, Sergio Avalos, Julio López, Luciano Arruga, Facundo Rivera, Daniel Solano, César Monsalvez, entre otros;
10.- La familia y la sociedad tenemos el derecho absoluto a conocer la verdad.
Juan del Sur
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